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Documento BOE-B-2012-25872

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 2012, páginas 34887 a 34888 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-25872

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 324/12, por auto de fecha 5 de junio de 2012 se ha declarado en concurso necesario al deudor Construcciones Andaluzas Litorales, S.L., con CIF B29755253, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración concursal.

3.º Que la administración concursal la integra Rating Asesores, S.L.P.

Don Javier Téllez Márquez. DNI: 25.102.726-C. De profesión: Abogado.

Don Salvador Pedraza López. DNI: 52.561.561. De profesión: Auditor.

Vecino de Málaga, domicilio: c/ Tomás Heredia, n.º 23, 2.º izda., 29001 Málaga.

Dirección de correo electrónico: ratingconcurso@gmail.com

Manifiesta el compareciente:

Que le ha sido comunicado el nombramiento de administrador único de Construcciones Andaluzas Litorales, S.L.

Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición para el ejercicio del cargo.

Que en este acto exhibe y entrega Seguro de Responsabilidad Civil o garantía equivalente proporcional a la naturaleza y alcance del riesgo cubierto en los términos que se desarrollan reglamentariamente para responder de los posibles daños en el ejercicio de su función.

Que acepta el cargo para el que ha sido nombrado.

S.S.ª tiene por aceptado el cargo de administrador del concurso por el compareciente y acuerda le sea facilitada credencial de su cargo, así como que se proceda a notificar el auto de declaración del concurso, en el que se definen las facultades de los Administradores.

Con lo cual se da por finalizada la presente que firma S.S.ª con el/la compareciente y conmigo el/la Secretario Judicial. Doy fe.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 21 de junio de 2012.- Secretario Judicial.

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