En relación con el procedimiento de licitación del contrato de gestión de servicio público en régimen de concesión para la conservación y explotación de los túneles de Vallvidriera y sus accesos, y el túnel del Cadí y sus accesos, se ha detectado una contradicción entre la cláusula 21.ª y la 33.ª del pliego de cláusulas administrativas particulares, lo que conlleva la modificación de la cláusula 33.ª del citado pliego y, consecuentemente, el aumento del plazo de presentación de ofertas y la modificación de la fecha de apertura de las mismas, de acuerdo con los siguientes términos:
a) Modificación de la cláusula 33.ª -Canon- del Pliego de cláusulas administrativas particulares
Donde dice:
"33. - Canon
La sociedad concesionaria abonará a la Administración de la Generalitat de Catalunya en concepto de explotación del servicio por toda la duración del contrato el canon que resulte de la oferta del adjudicatario y que, en todo caso, será de como mínimo 430.000.000,00 euros.
El importe de este contrato se satisfará íntegramente con carácter previo a la formalización del contrato.
Si el adjudicatario no abona el canon dentro del plazo de un mes desde la fecha de la formalización del contrato, la Administración de la Generalitat de Catalunya podrá dejar sin efecto la adjudicación del contrato. En este caso, se procederá a la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional y, en su caso, la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, y el Órgano de contratación podrá efectuar una nueva adjudicación a favor del licitador siguiente según el orden de clasificación, siempre que su oferta siga vigente."
Debe decir:
"33. - Canon
La sociedad concesionaria abonará a la Administración de la Generalitat de Catalunya en concepto de explotación del servicio para toda la duración del contrato el canon que resulte de la oferta del adjudicatario y que, en todo caso, será de como mínimo 430.000.000,00 euros.
A los efectos de la eficacia del contrato que determina la cláusula 21.ª de este pliego, deberá satisfacer el 70% del importe del canon dentro del plazo de un mes desde la fecha de la formalización del contrato. El 30% restante del canon deberá satisfacerse antes del 31 de diciembre de 2013.
Si el adjudicatario no abona el 70% del canon dentro del plazo de un mes desde la fecha de formalización del contrato, la Administración de la Generalitat de Catalunya podrá dejar sin efecto la adjudicación del contrato. En este caso, se procederá a la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional y, en su caso, la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, y el órgano de contratación podrá efectuar una nueva adjudicación a favor del licitador siguiente según el orden de clasificación, siempre que su oferta siga vigente.
Si el adjudicatario no abona total o parcialmente el importe del 30% restante del canon dentro del plazo previsto en esta cláusula, la Administración ejercerá las prerrogativas legalmente previstas."
b) Modificación del cuadro de características del contrato.
b1). Modificación del apartado F. - Presentación de propuestas
Donde dice:
Fecha: 23/08/2012. Hora: 13:00 horas.
Debe decir:
Fecha: 07/09/2012. Hora: 13:00 horas.
b2). Modificación del apartado G. - Apertura del sobre n.º 2:
Donde dice:
Fecha: 04/09/2012. Hora: 10:00 horas.
Debe decir:
Fecha: 19/09/2012. Hora: 10:00 horas.
b3). Modificación del apartado H. - Apertura del sobre n.º 3:
Donde dice:
Fecha: 13/09/2012. Hora: 10:00 horas.
Debe decir:
Fecha: 02/10/2012. Hora: 10:00 horas.
Barcelona, 20 de julio de 2012.- Subdirectora General de Gestión Económica Contratación y Patrimonio del Departamento de Economía y Conocimiento.
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