Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona y Provincia.
Hago saber: Que en el concurso n.º 732/12-A seguido en este Juzgado a instancia del procurador Sr. Juan Álvaro Ferrer Pons en nombre de Barcelona Materiales, S.L., se ha dictado sentencia en fecha 13/06/2012 por la Magistrada-Juez, D.ª Marta Cervera Martines, sentencia aprobando convenio presentado y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
La aprobación del convenio anticipado de acreedores de la entidad mercantil Barcelona Materiales, S.L., adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.
La sentencia que apruebe el convenio debe ser publicada en la forma prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso.
Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre el plazo de 10 dias para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Se requiere a la administración concursal para que en el plazo de 15 días presente la rendición de cuentas.
No hay condena en costas.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.
Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos proncipales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.
Barcelona, 19 de julio de 2012.- Secretario Judicial, Francisco Velasco García-Plata.
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