Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-27364

Anuncio de la notaría de don Manuel Pérez de Camino Palacios en procedimiento de venta extrajudicial de hipoteca.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 2012, páginas 36905 a 36905 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-27364

TEXTO

Yo, Manuel Pérez de Camino Palacios, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Parla.

Hago saber:

Que ante mí se tramita procedimiento de venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, número de expediente Parla PC/04/2012, y que afecta a la siguiente finca:

Piso segundo, número uno o A, del Bloque I de la urbanización denominada "Parla VI". Hoy calle Reina Victoria, número 18, 2.º-1, de Parla (Madrid). Mide ochenta y tres metros cuadrados. Cuota: 1,26 %.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Parla dos, al tomo 699, folio 74, finca 9.027.

Que procediendo la subasta ante Notario de la finca reseñada, la misma se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1.-Lugar. En el despacho notarial, sito en Parla (Madrid), plaza de Los Hoyos, 1.

2.-Día y hora. El día 20 de septiembre de 2012, a las nueve treinta horas.

3.-Tipo. El de tasación; es decir, doscientos setenta y tres mil novecientos nueve euros y cuarenta y tres céntimos.

4.-Consignaciones. Salvo el acreedor, todos los demás postores, sin excepción, para tomar parte en la subasta, deberán consignar en la notaría (mediante cheque bancario a nombre del Notario) una cantidad equivalente al 20 % del tipo.

5.-Posturas y mejoras. Se estará a lo establecido en el artículo 12 del R.D.Ley 6/2012, de 9 de marzo.

6.-Documentación y advertencias. La documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236-a. y 236-b. del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaría, de lunes a viernes, de diez a trece horas.

Se entenderá que todo postor acepta como bastante la titulación.

Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

7.-Adjudicación a calidad de ceder a tercero. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.

Parla, 3 de julio de 2012.- Manuel Pérez de Camino Palacios, Notario de Parla.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid