Secretaria Judicial del Juzgado Social de Tortosa: Ana María Aguilar Zanuy Según lo acordado en la demanda 509/2011-I, seguidos en este Juzgado a instancia de Constantin Florin Cana contra Juan José Fernández Hidalgo, J 22 Music & Food, S.L., y Fogasa, por el presente se notifica a Juan José Fernández Hidalgo y J22 Music & Food, S.L., en ignorado paradero y con último domicilio conocido en Av. Constitución, 48 PB A de Adeje, la sentencia dictada en los presentes autos en fecha 24/4/2012, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice:
"Fallo.- Estimo parcialmente la demandada interpuesta por la Sra. Denisa Chirila contra el empresario persona física, Juan José Fernández Hidalgo, J 22 Music & Food, S.L., y el Fondo de Garantía Salarial, y condeno al empresario persona física, Juan José Fernández Hidalgo, a abonar a la actora la cantidad de cuatro mil ochocientos ochenta y ocho euros con cuarenta y nueve céntimos de euro (4.888,49 euros) por los salarios no pagados, más el 10 por 100 de los intereses de mora según el art. 29.3 ET.- Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial de las peticiones contra él, sin perjuicio de la responsabilidad legal que pueda tener.- Asimismo, absuelvo a J 22 Music & Food, S.L., de la petición dirigida contra ella.- Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que en contra pueden interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, tal como establecen los artículos 229 y 230 LRJS por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación. Es indispensable que en el momento de anunciar el recurso la parte que no ejerza la condición de trabajador o goce del beneficio de la justicia gratuita haya consignado el importe íntegro de la condena o presente aval solidario de la entidad financiera por el mismo importe, depositando además la cantidad de 300 euros.- Así lo pronuncio, mando y firmo.- El magistrado juez Daniel Martínez Fons."
Y para que sirva de notificación en forma a Juan José Fernández Hidalgo y J 22 Music & Food, S.L., advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados; y para su inserción en el BOE y tablón de de esta oficina judicial a los efectos pertinentes, expido el presente edicto.
Tortosa, 25 de julio de 2012.- Ana María Aguilar Zanuy.
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