Edicto
Dña. Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante, por el presente
Hago saber: Que en el Procedimiento Concursal Ordinario 683/2.007 sobre declaración de concurso de la mercantil CONSTRUCCIONES CRESME, S.L. con domicilio en C/ Dámaso Abad n.º 8 de Alicante, C.I.F. número B-53813846 se ha declarado por auto de fecha 27-12-11 concluso el concurso, siendo la parte dispositiva del tenor literal siguiente:
"PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1. concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores..
2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación
3. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 8 de septiembre de 2011.
4. La presente resolución una vez firme se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del art. 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el art. 24
firmado y rubricado"
Y para que sirva de publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, expido el presente
Alicante, 11 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.
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