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Documento BOE-B-2012-29227

Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados y se fija fecha para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización del "Proyecto de mejora y modernización del regadío en la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo, sector IX. León. Fase I: Obras de toma, balsa de regulación, tubería de abastecimiento, estación de bombeo, instalaciones eléctricas de alta y baja tensión y red de riego". Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes del Canal del Páramo. Expediente: 10.21.310.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 2012, páginas 39774 a 39776 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2012-29227

TEXTO

La Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 78 declara de interés general determinadas obras de infraestructuras hidráulicas con destino a riego, entre las cuales se encuentran las obras de "Mejora y modernización de las acequias y redes de riego de la Comunidad General de Regantes del Páramo (León)." Dicha declaración lleva implícita la declaración de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley. Mediante Resolución de la Secretaria de Estado de Medio Rural y Agua del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, de 4 de octubre de 2011, se aprueba el "Proyecto de mejora y modernización del regadío en la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo, sector IX. León. Fase I: Obras de toma, balsa de regulación, tubería de abastecimiento, estación de bombeo, instalaciones eléctricas de alta y baja tensión y red de riego".

El expediente expropiatorio se inicia por Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de fecha 18 de mayo de 2012.

Procede, en consecuencia, someter a trámite de información pública los bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución del presente proyecto, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.

Todos los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados.

Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes del Canal del Páramo, C/ Manuel Verdejo, 2 - Bajo, 24240 - Santa María del Páramo (León), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.

La relación de bienes y derechos afectados, que se adjunta, podrá examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de León, y en las oficinas de la Comunidad de Regantes del Canal de Páramo, sitas en el domicilio anteriormente indicado, así como en las dependencias de los Ayuntamientos de Urdiales del Páramo y Santa María del Páramo, ambos de la provincia de León.

Al mismo tiempo, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, esta Dirección General ha resuelto proceder a la convocatoria de los propietarios de los bienes y derechos afectados, para que el día 11 de septiembre de 2012 comparezcan en los Ayuntamientos de Urdiales del Páramo y Santa María del Páramo, o en las dependencias que a tal efecto designen dichos Ayuntamientos, al objeto de levantamiento de las actas previas a la ocupación y si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento, en su caso, a la finca afectada para la toma de datos si fuera preciso.

Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de León y, en formato resumen, en dos diarios de la provincia de León.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de León, en dos diarios de la provincia de León, en formato resumen, y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos referenciados anteriormente, servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero.

Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de bienes inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, en su caso, pudiendo hacerse acompañar a su costa, y si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios.

Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo.

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

En el presente expediente expropiatorio la Comunidad de Regantes del Páramo ostenta la condición de entidad beneficiaria.

Anexo:

Relación de bienes y derechos afectados para la realización del "Proyecto de mejora y modernización del regadío en la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo, sector IX. León. Fase I: Obras de toma, Balsa de regulación, tubería de abastecimiento, estación de bombeo, instalaciones eléctricas de alta y baja tensión y red de riego". Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes del Canal del Páramo. Expediente: 10.21.310.

FINCA POL PAR TITULAR EXP (m2) SERV (m2) O. T (m2) CULTIVO CATASTRAL FECHA HORA
T.M. de Urdiales del Páramo (León)
01-001 113 84 HDROS DE MAXIMINO SARMIENTO SARMIENTO 19.455 - - L. Regadío 11/09/2012 9:30
01-002 113 85 JOSEFA RODRÍGUEZ VIDAL 5.180 - - L. Regadío 11/09/2012 10:00
01-003 113 100 CONSTANTINO MARCOS GARCÍA 27.475 - - L. Regadío 11/09/2012 10:30
T.M. de Santa María del Páramo (León)
02-001 108 10003 AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DEL PÁRAMO 10.600 - - L. Regadío 11/09/2012 12:00
POL: Polígono; PAR: Parcela; EXP: Expropiación definitiva; SERV: Servidumbre; O. TEMP: Ocupación Temporal

Madrid, 27 de julio de 2012.- El Subdirector General de Riegos y Economía del Agua, Joaquín Rodríguez Chaparro. El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. Orden AAA/838/2012 (BOE n.º 98, de 24-04-2012), la Directora de Desarrollo Rural y Política Forestal, Begoña Nieto Gilarte.

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