El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 199/12 (NIG 2906742M20120000296) por auto de fecha 17 de julio de dos mil doce se ha declarado en concurso necesario al deudor Arcosur Proyectos Inmobiliarios, S.L., con NIF B83314757, domicilio en calle Palier, 40, Leganés, Madrid, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en calle Velázquez, 34, Benalmádena, Málaga.
2.º Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y de disposición, siendo sustituido en estas por la administración concursal.
3.º Que la Administración concursal la integra Álvaro Hidalgo Fernández Zúñiga, provisto de DNI 24878501E; Español, mayor de edad, con vecindad civil común, vecino de Málaga, y dirección postal calle Vendeja, 40, 3.º, tfno.: 952224322, profesión economista y con dirección de correo electrónico concursoarcosur@gmail.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo.
5.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 6 de septiembre de 2012.- Secretario Judicial.
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