Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-31220

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 19 de septiembre de 2012, páginas 42729 a 42729 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-31220

TEXTO

EDICTO.

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 195/2012, se ha dictado en fecha 3 de septiembre de 2012, Auto de Declaración de Concurso Voluntario Ordinario del deudor Fito, S.A., con C.I.F.: A-30024798, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Molina de Segura, C/ Calasparra, s/n, Polígono Industrial La Polvorista.

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio queden intervenidas por al administración designada al efecto, mediante su autorización y conformidad.

3.º Ha sido designado Administración Concursal a D. Ángel Ernesto Bermejo Campillo, Abogado, con domicilio postal en Gran Vía Salzillo, n.º 32, 2.ª esc. 1.º, 30005 de Murcia, telf: 968.27.25.25, fax: 968.27.01.75 y dirección electrónica angelbermejo@uniforo.com.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá dirigirse a elección de los acreedores, al domicilio postal y dirección electrónica del Administrador Concursal que constan en el párrafo tercero de este edicto, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio, correo electrónico y demás datos de identidad del acreedor, para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias y convenientes, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de Registro en la ciudad de la Justicia.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 5 de septiembre de 2012.- Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid