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Documento BOE-B-2012-31327

FERROL

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 20 de septiembre de 2012, páginas 42864 a 42865 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-31327

TEXTO

Edicto

Doña Rebeca Delgado Marzán, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ferrol, por el presente, anuncio:

En el presente procedimiento Ordinario 1018/10, seguido a instancia de Constructora Eshor, Sociedad Limitada, frente a Promociones Covacano, Sociedad Limitada, se ha dictado sentencia, cuyo extracto es el siguiente:

Juzgado Primera Instancia Número 1

Ferrol

Sentencia: 00161/2012

Procedimiento: Ordinario Número 1018/2010

Objeto: Reclamación de Cantidad.

Sentencia

En Ferrol, a 19 de junio de 2012.

Juan Francisco Riobó Fernández, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Ferrol, ha visto los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado con el número 1018/2010, sobre reclamación de cantidad, en el que son parte demandante Constructora Eshor, Sociedad Limitada, representada por el Procurador Don Juan Fernando Garmendia Díaz y asistida por la Letrada Doña Victoria Suances Peña y parte demandada Promociones Covacano, Sociedad Limitada, en situación procesal de rebeldía; habiendo recaído la presente resolución con base en los siguientes,

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador Don Juan Fernando Garmendia Díaz, en nombre y representación de Constructora Eshor, Sociedad Limitada, contra Promociones Covacano, Sociedad Limitada, debo condenar y condeno a ésta:

1. Al abono a la actora de la suma de setenta y dos mil doscientos cuarenta y siete con cincuenta y seis (72.247,56) euros de principal, en concepto de devolución de retenciones practicadas en la facturación entre ambas entidades; y

2. Al abono a la actora del interés legal del dinero que genere tal cantidad desde la fecha de la reclamación extrajudicial efectuada el día 26 de mayo de 2009 hasta la presente resolución; y los intereses legales previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la misma y hasta su completo pago.

3. Con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, a quienes se hará saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de A Coruña, que deberá interponerse ante este Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero.

Y encontrándose dicho demandado, Promociones Covacano, Sociedad Limitada, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ferrol, 19 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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