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Documento BOE-B-2012-31972

MARBELLA

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 25 de septiembre de 2012, páginas 43662 a 43663 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-31972

TEXTO

Edicto

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 956/2011, seguido a instancia de Entidad Urbanística de Conservación La Zagaleta frente a Levingston Blue, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal es el siguiente:

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Marbella.

Procedimiento: Verbal 956/2011.

Sentencia número 10/12.

En Marbella, a 16 de enero de 2012. Vistos por mí, don Francisco Alberto Campos Campano, Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia número 1, de esta ciudad y su partido, don Francisco Alberto Campos Campano, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal, seguidos en este Juzgado con el número 956/11, a instancia de la Entidad Urbanística de Conservación La Zagaleta, representada por el Procurador don Juan Carlos Palma Díaz y dirigida por el Letrado don Alejandro Herrera Muñoz, contra la mercantil Levingston Blue, S.L., en situación de rebeldía, y recayendo la presente resolución en base a los siguientes

Fallo

Que estimando la demanda formulada a instancia de la Entidad Urbanística de Conservación La Zagaleta, representada por el Procurador don Juan Carlos Palma Díaz, contra la mercantil Levingston Blue, S.L., debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 4.942,14 euros (Cuatro mil novecientos cuarenta y dos euros con catorce céntimos), por las cantidades debidas y no abonadas por cuotas comunitarias e intereses según aparecen relacionadas en los fundamentos jurídicos primero y segundo de la presente resolución, con condena al pago de los intereses fijados en el fundamento tercero.

Asimismo, procede la condena de la parte demandada al pago de las costas causadas.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que en su caso deberá interponerse por escrito manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de su notificación, y para su resolución por la Audiencia Provincial de Málaga. Con carácter previo a su admisión, deberá depositarse el importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este juzgado a los efectos legales correspondientes.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el señor Juez que la suscribe, en el día de la fecha. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Levingston Blue, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Marbella, 17 de enero de 2012.- El/la Secretario/a judicial.

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