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Documento BOE-B-2012-31991

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 25 de septiembre de 2012, páginas 43682 a 43682 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-31991

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 503/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad INGENIERÍA DEL CONOCIMIENTO CONSULTORÍA, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.- Concurso voluntario 503/2012 Sección C1.

NIG del Procedimiento.- 0801947120128003658.

Entidad Concursada.- Ingeniería del Conocimiento Consultoría, S.A., con CIF n.º A-41910993.

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Fecha del Auto de Declaración.- 27 de julio de 2012.

Administrador/es Concursal/es.- Don Rafael Abati García Manso, con correo electronico rafael.abati@abatigm.es, domicilio sito en c/ Aribau, 168-170, 1.º 1.ª, 08036 Barcelona (Barcelona), y n.º de teléfono 933907134.

Facultades del Concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los Acreedores y Comunicación de Créditos Conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Admnistración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Adminsitración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 12 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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