Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián anuncia:
Primero.-Que en el procedimiento concursal número 111/2012, en el que figura como concursado "Balenzategui, S.A.", se ha dictado, el 14 de septiembre de 2012, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por "Balenzategui, S.A.", y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 23 de julio de 2012.
Segundo.-La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC. El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
Tercero.-Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en BOE.
La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Donostia-San Sebastián, 17 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
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