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Documento BOE-B-2012-33327

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 4 de octubre de 2012, páginas 45501 a 45501 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-33327

TEXTO

Edicto

Cédula de Notificación

D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal 25/11, de la Entidad Otipan, S.L., se ha dictado Resolución, cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente: ".....Dispongo: Poner fin a la Fase de Convenio y la Apertura de la Fase de Liquidación en esta misma Sección.-.....De la presente resolución dese la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal...... Se declara la disolución de la Entidad Concursada, Otipan, S.L.; se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el Título III de la presente Ley, pasando a realizar tales funciones los administradores concursales. Líbrese oportuno mandamiento al Registro Mercantil para hacer constar tales extremos en la hoja abierta a dicha entidad.... Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones..... Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal..... Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento..... Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento... Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.... La Magistrada-Juez....El Secretario Judicial....".-

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita, de conformidad con la nueva redacción recogida en el Boletín Oficial del Estado, según el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo, extiendo y firmo la presente en

Santa Cruz de Tenerife, 11 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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