D. José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 16/2012 en el que se ha dictado con fecha 19 de enero de 2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Inversiones Promocrim, Sociedad Limitada, con CIF B-63869994 y mandado darle publicidad con los siguientes datos:
Nig del procedimiento: 08019-47-1-2012-8000081
Tipo de concurso: Voluntario.
Concursada: Inversiones Promocrim, Sociedad Limitada, con domicilio en Avenida Diagonal 427-429, 6.º 1.ª, Barcelona.
Administradores concursales: Don Juan Alberto Salsas Roig, con domicilio en Aribau, 198-1.ª, de Barcelona, con correo electrónico ja.salsas@rocajunyent.com.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales,. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 20 de enero de 2012.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.
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