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Documento BOE-B-2012-34411

TORTOSA

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 11 de octubre de 2012, páginas 46904 a 46904 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2012-34411

TEXTO

Doña Ana María Aguilar Zanuy, Secretaria Judicial del Juzgado Social Único de Tortosa, hago saber:

Según lo acordado en los autos 768/11-I, seguidos en este Juzgado a instancia de Sara Moreno García contra VIPS & CO, S.C., y Urban Outfiters Store, S.C., en relación a despido por el presente se notifica a ésta última, en ignorado paradero y con último domicilio conocido en Elche la resolución dictada en los presentes autos en fecha 27/6/12, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice: "Estimo la demanda presentada por la Sra. Sara Moreno García contra Urban Outfiters Store, S.C.; Vips & CO, SC, y condeno a la parte demandada a estar y pasar por esta declaración y a que readmita a la actora o le abone la cantidad de seiscientos sesenta y cinco euros con cuarenta céntimos de euro (665,40 €) en concepto de indemnización, opción que deberá hacer en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia mediante escrito o comparecencia en este Juzgado; así como los salarios de trámite desde el día 14 de octubre de 2011 hasta la fecha de la notificación de la sentencia a razón de cuarenta y cuatro con treinta y seis céntimos de euro (44,36€) por día, descontando, en su caso, lo que la trabajadora haya percibido por un trabajo por cuenta propia o ajena. Además, se impone a la condenada la multa prevista en el art. 66.3 LPL en relación con el art. 97.3 LPL por importe de 600 € incluyendo las costas a favor de la actora, que, como máximo, serán de 300 €. Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad legal que le corresponda. Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que en contra pueden interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña tal y como establecen los artículos 229 y 230 LRJS por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, siendo indispensable que en el momento de anunciar el recurso la parte que no ostente la condición de trabajador o goce del beneficio de la justicia gratuita haya consignado el importe íntegro de la condena o presente aval solidario de la Entidad Financiera por el mismo importe, depositando además la cantidad de 300 euros. Notifíquese esta Sentencia al Servicio Público Estatal de Empleo a los efectos legales oportunos. Notifíquese esta Sentencia a la Inspección de Trabajo a los efectos legales oportunos." Y para que sirva de notificación en forma a Urban Outfiters Store, S.C., advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados; y para su inserción en el BOE y tablón de anuncios de este Juzgado a los efectos pertinentes, expido el presente Edicto.

Tortosa, 1 de octubre de 2012.- Secretaria judicial.

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