Contido non dispoñible en galego
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Málaga acordó, en su sesión de 28 de junio de 2012, en virtud de las facultades atribuidas por los artículos 30.5 n), 85 y 88 del Real Decreto Legislativo 2/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante la modificación sustancial de la concesión administrativa otorgada a Mario López, S.A. en fecha 06.10.2004 con las siguientes características:
Objeto de la modificación: La ocupación adicional de 2.422 metros cuadrados destinado a actividades complementarias al Dique Flotante, siendo la superficie total de la concesión 3.797 m², adicionalmente, un vuelo de 224 m² en tierra y 1.903 m² en agua. Las actividades concesionales continúan siendo las mismas, aumentando el plazo en cinco años.
Tasas:
1. Ocupación privativa del dominio público portuario: 94.695,19 euros/año.
2. Actividad: El mayor de los siguientes valores, o el 24 % del importe de la tasa por ocupación privativa, o el 1,3 % aplicado a los ingresos reales.
Lo que se comunica para general conocimiento de conformidad con el artículo 87.5 del Real Decreto Legislativo 2/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
Málaga, 1 de octubre de 2012.- El Presidente, Enrique Linde Cirujano.
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