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Documento BOE-B-2012-34631

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 15 de octubre de 2012, páginas 47188 a 47188 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-34631

TEXTO

Edicto.

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

Que en la sección I declaración concurso 362/2012, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 1 de octubre de 2012 auto acordando lo siguiente:

Primero.-Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora Congelados Cabo Norte, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal B-36.938.546, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle San Francisco, número 57, 3.º, oficinas 3 y 4, de Vigo (código postal 36202).

Segundo.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

Tercero.-La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la administración concursal.

Cuarto.-El Administrador concursal designado es el Letrado, don Jaime Carrera Rafael, con documento nacional de identidad 36.140.383-T, con domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional sito en la calle Marqués de Valladares, número 21, 3.º-D, de Vigo; y correo electrónico jaime@cabocibeira.com.

Quinto.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

Sexto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 1 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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