Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 560/2012, por auto de 24 de septiembre de 2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Helppy Media Spain, S.L.U.", con CIF B 86002250, sita en Santa Bárbara, n.º 7, 3.º A, 28004 Madrid.
Segundo.- Que se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del artículo 176 LC., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:
a. Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración del concurso;
b. Declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Tercero.- Que se acuerda, a los efectos concursales, la extinción de la persona jurídica y de las anotaciones e inscripciones practicadas en archivos y registros públicos relativas a la declaración concursal y sus efectos.
Madrid, 24 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
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