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Documento BOE-B-2012-34854

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 16 de octubre de 2012, páginas 47478 a 47478 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-34854

TEXTO

Edicto

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia n.º 254/12

Vistos por mi, don Rogelio Reyes Pérez, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de esta ciudad los presentes autos n.º 787/11 de juicio declarativo ordinario figurando, como demandante, la mercantil "Atrisa Sabor Ibérico, S.L.", representada por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Jiménez Heras, y asistida por el Letrado don Manuel Canales Martínez, y, como demandados, la entidad "Ibéricos Discarsur, S.L.." y don Guillermo Morales Listán, ambos en situación de rebeldía procesal.

Fallo:

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la entidad "Atrisa Sabor Ibérico, S.L.", representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Jiménez Heras, contra la mercantil "Ibéricos Discarsur, S.L. y don Guillermo Morales Listán, ambos en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro que la entidad "Ibéricos Discarsur, S.L." se encuentra incursa en causa de disolución, así como la responsabilidad solidaria de don Guillermo Morales Listán, en su calidad de Administrador único de la entidad "Ibéricos Discarsur, S.L.", a la satisfacción de la deuda social de dicha entidad actuada en las presentes actuaciones, y en su consecuencia, condeno al mismo a estar y pasar por dicha declaración, y a que abone a la demandante la cantidad de cuarenta y seis mil ciento cuarenta y siete con sesenta y cuatro euros (46.147,64 €), con más los intereses legales devengados por dicha suma en la forma que se indica en el fundamento jurídico tercero de esta resolución y, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá ser interpuesto ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente, siendo necesaria la constitución de un depósito para recurrir la presente resolución, que deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, según lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", se expide el presente.

Sevilla, 28 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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