Doña Cristina María Valero Doménech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 554/10 habiéndose dictado en fecha 6 de septiembre de 2012 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Parte Dispositiva
Acuerdo:
1. Declarar la conclusión del concurso de acreedores instado en su día por el Procurador de los Tribunales Alario Mont, Rafael Francisco en nombre y representación de José María Pizcueta Gaspar.
2. Archivar las actuaciones por haberse producido el pago de la totalidad de los créditos reconocidos.
3. Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.
4. Dar la publicidad por medio de edictos, que se insertarán con la mayor urgencia en el BOE y en el tablón de anuncios del Juzgado y en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal, y asimismo la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítase el correspondiente exhorto al Registro Civil de Valencia, a los fines de que proceda a la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los Administradores judiciales.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.
Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe.
Y para dar la debida publicidad de la conclusión del concurso de acreedores de don José María Pizcueta Gaspar, al constar pagada la totalidad de los créditos, se libra el presente edicto.
Valencia, 27 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
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