Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-35929

VILAGARCÍA DE AROUSA

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 24 de octubre de 2012, páginas 48960 a 48960 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-35929

TEXTO

Pilar Reigosa Rivas, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vilagarcia de Arousa,

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 421/10 seguido en este Juzgado a instancia de la Procuradora Sra. Rendo Couto en nombre y representación de "FCE Bank PLC-Sucursal en España" contra Jesús Manuel Jueguen Castrelo, María Magdalena Rodríguez Álvarez, Juan Carlos Millán Ventoso, en fecha 3/9/12 por la Juez María Enriqueta Sanmartín Carbón, se ha dictado sentencia que contiene el siguiente fallo: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora doña M.ª Luisa Rendo Couto en nombre y representación de la entidad mercantil "FCE Bank PLC Sucursal en España" frente a don Jesús Manuel Jueguen Castrelo, doña M.ª Magdalena Rodríguez Álvarez y don Juan Carlos Millán Ventoso debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la actora la cantidad de tres mil seiscientos setenta y dos euros con cincuenta y tres céntimos (3.672,53 €), más los intereses legales, con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación.

Por exigirlo así la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la interposición de recurso contra la anterior resolución exige la contitución del depósito correspondiente mediante ingreso en efectivo, en cualquier sucursal del Banco Español de Crédito, en la cuenta de depósitos y consignaciones de éste órgano judicial, y especificando el concepto de "recurso".

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Jesús Manuel Jueguen Castrelo, María Magdalena Rodríguez Álvarez, Juan Carlos Millán Ventoso, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Vilagarcía de Arousa, 10 de septiembre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid