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Documento BOE-B-2012-36984

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 31 de octubre de 2012, páginas 50340 a 50340 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-36984

TEXTO

Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia 6 y Mercantil de Logroño (La Rioja), en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 1718/08, por auto de fecha 26 de septiembre de 2012 se ha acordad la conlusión del concurso seguido sobre las mercantiles Maquinaria Venta y Alquiler Álava, Sociedad Limitada, con CIF B-01303867, con domicilio social en polígono Subillabide, calle tratado de París 27, CP1230 Nanclares de Oca, Iruña de Ocaña, (Álava) inscrita en el registro Mercantil de Navarra al tomo 1227, folio 31, hoja VI-11.171, inscripción primera. Web2fusion La Web de Nueva Generación, Sociedad Limitada, con CIF B-26427591, con domicilio social en Logroño (La Rioja), calle Benemerito cuerpo de la Guardia Civil 3 entreplanta, inscrita en el Registro Mercantil de la Rioja al tomo 663, folio 33, Sección 8, hoja LO-1181, inscripción primera. Quipox Maquinaria y Obras, Sociedad Limitada, con CIF B-31773286, con domicilio social en Huarte-Pamplona, polígono industrial Areta, calle Altzutzate, inscrita en el registro mercantil de Navarra al tomo 954, folio 204, hoja NA-19259, inscripción primera. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad a terceros.

2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración concursal de la concursada.

3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4º.- Se acuerda además la existencia de la personalidad jurídica de dichas mercantiles, cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.

Logroño, 26 de septiembre de 2012.- La Secretario Judicial.

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