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Documento BOE-B-2012-37487

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 5 de noviembre de 2012, páginas 50974 a 50974 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-37487

TEXTO

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los Autos seguidos en este Juzgado con el n.º 676/12 y NIG n.º 07040 47 1 2012 0001052 se ha dictado en fecha 17/10/12 Auto de declaración de concurso del deudor Ninco, S.L., con CIF B-58644600, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Alaior, 17, Maó.

2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la Entidad en concurso.

3.º Que el Abogado nombrado Administrador concursal, doña Luisa Parra Carrete, con D.N.I. número 77.739.454Y, en fecha 29/10/12, ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal c/Oms, 49, 1B, 07003 de Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico comunicaciones@2004ec.es, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

En Palma de Mallorca, 29 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

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