Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se hace publica la notificación de resolución formulada en los expedientes sancionadores siguientes:
Expediente: D-594/2011 incoado contra María Teresa García Rodríguez, domiciliada en Abanilla (Murcia), N.I.F. 27453032-W, por vallado en zona de policía y servidumbre. No imponer sanción pecuniaria dado que la acción para sancionar la infracción ha prescrito. Se ordena la reposición del terreno a su estado anterior, retirando el vallado de la zona de servidumbre y policía del río en el plazo de 15 días, con la advertencia de que de no hacerlo en el citado plazo se procederá por parte de este Organismo a la ejecución forzosa de dicha medida, procediendo a su exigibilidad con imposición de multas coercitivas y/o mediante ejecución subsidiaria a su costa. Esta medida quedará suspendida, sólo en lo que respecta al vallado situado en zona de policía, en el caso de que se solicite autorización para el mantenimiento del vallado en dicha zona, y quedará a resultas de lo que se resuelva en el expediente de autorización que, en su caso se tramite, si así lo solicita, en un procedimiento diferente al presente expediente sancionador.
Expediente: D-14/2012 incoado contra Mariano Lorente Villa, domiciliado en Molina de Segura (Murcia), con N.I.F.: 34800050-S, por haber realizado un dique de retención en el arroyo del Mesegar. La sanción impuesta es de 2.000 Euros y se ordena la reposición del terreno a su estado anterior en el plazo de 15 días, y con la advertencia de que de no hacerlo en el citado plazo se procederá se procederá por parte de este Organismo a la ejecución forzosa de dicha medida, procediendo a su exigibilidad con imposición de multas coercitivas y/o mediante ejecución subsidiaria a su costa.
Expediente: D-53/2012 incoado contra José Antonio Carmona Martínez, domiciliado en El Raal (Murcia), con N.I.F.: 74259593-E, por estar construyendo un muro de piedra para la contención del relleno que se realiza para dar acceso a la parcela y estar construyendo una casa ampliación de otra ya existente quedando dentro de la zona de policía. La sanción impuesta es de 500 Euros y se ordena la reposición del terreno a su estado anterior, con advertencia de que de no hacerlo se procederá a la ejecución forzosa de dicha medida, procediendo a su exigibilidad con imposición de multas coercitivas y/o mediante ejecución subsidiaria a su costa. Esta medida quedará a resultas de lo que se resuelva en el expediente de autorización que actualmente se tramita bajo la referencia AZP 254/2010.
Contra tales resoluciones puede interponerse recurso potestativo de reposición en plazo de un mes, o contencioso-administrativo en plazo de dos meses, pudiendo recogerse copia de la resolución en dicho Organismo, calle Mahonesas, 2, Murcia.
Murcia, 31 de octubre de 2012.- El Comisario de Aguas, José Carlos González Martínez.
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