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Documento BOE-B-2012-37650

Resolución del Departamento de Empresa y Empleo Servicios Territoriales a les Terres de L'Ebre, EMO/ /2012, de 15 de octubre, por la cual se otorga a la empresa Gas Natural Distribución SDG, S.A., la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de las instalaciones de gas natural para el suministro y distribución de gas natural en MOP-16 y MOP-5, al polígono industrial Catalunya Sud, en los términos municipales de L'Aldea y Tortosa (exp. I0617/001/12).

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 5 de noviembre de 2012, páginas 51221 a 51224 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2012-37650

TEXTO

En fecha 2 de febrero de 2012, la empresa Gas Natural Distribución SDG, S.A., con domicilio social en la plaza del Gas, 1, Barcelona, solicitó la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de las instalaciones de gas natural para el suministro y distribución de gas natural en MOP-16 y MOP-5, al polígono industrial Catalunya Sud, en los términos municipales de L'Aldea y Tortosa, de acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio.

La empresa mencionada ha presentado el proyecto correspondiente en el cual se definen las instalaciones necesarias para la realización de la conducción y el suministro de gas natural.

Términos municipales afectado: l'Aldea y Tortosa (Baix Ebre).

Características y descripción de las instalaciones:

1. Conducción principal:

Longitud: 4.979 m.

Diámetro: 6".

Material red de distribución: Acero (Gr L-245 según UNO-EN 10208-2).

Presión del servicio: 16 bar.

Armario de regulación y medida:

Presión de entrada máxima: 16 bar.

Presión de salida máxima: 5 bar.

Caudal máximo: 1.000m³.

2. Conducción secundaria:

Longitud: 742,02 m.

Diámetro: 160 mm.

Material red de distribución: Polietileno serie SDR-17,6 PE-100.

Presión del servicio: 5 bar.

Telemedida y telemando: Si se considera necesario se colocará un armario de teleinformación.

Sistema de comunicaciones: Se prevé la instalación de un sistema telecontrol formado por cables de telecomunicación instalados dentro de la misma zanja que la canalización de gas natural.

Descripción del trazado: El proyecto prevé la construcción de una red de distribución en MOP-16, con inicio en la red existente de MOP-16 situada en el sur de la zona conocida como el Arrabal del Pom, hasta un armario de regulación de MOP-16/MOP-5 a instalar dentro del mismo polígono industrial en el cruce entre la calle 2 y la calle 6, a partir del cual comienza un tramo de red de MOP-5 por la calzada de la calle 6 para el suministro a los consumidores.

Presupuesto: 911.990 euros.

Esta solicitud de autorización administrativa ha sido sometida a un período de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC n.° 6105, de 11 de abril de 2012; en el BOE n.° 97, de 23 de abril de 2012, en el "Diari de Tarragona" de 19 de abril de 2012 y en el diario "El Punt" de 19 de abril de 2012.

Paralelamente, y de acuerdo con lo que disponen los artículos 80 y 84 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, se solicitó el informe correspondiente a los organismos afectados: el Ayuntamiento de Tortosa, el Ayuntamiento de l'Aldea, Servicios Territoriales de Movilidad en Las Terres de l'Ebre, el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural, ENAGAS y Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.

El informe emitido por el Ayuntamiento de Tortosa ha sido favorable. Los informes emitidos por el Ayuntamiento de l'Aldea, Enagás S.A., Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. y los Servicios Territoriales de Movilidad en las Tierras del Ebro han sido favorables con condicionantes que el promotor ha aceptado. El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural ha emitido el informe fuera de plazo, en el que indica que no se ha contemplado la vía pecuaria del "lligallo de la Burjasénia" en el proyecto presentado, este informe se ha remitido al promotor, que ha rectificado el mencionado proyecto.

Una vez cumplidos los trámites administrativos que prevén la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural, modificado por el Real Decreto 942/2005, de 28 de julio; la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial; el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 EN 11; el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias; de 28 de julio; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya,

Resuelvo:

Otorgar a la empresa Gas Natural Distribución SDG, S.A., la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de las instalaciones de gas natural para el suministro y la distribución de gas natural en MOP-16 y MOP-5, al polígono industrial Catalunya Sud, en los términos municipales de L'AIdea y Tortosa.

Esta autorización administrativa se otorga sometida a las condiciones generales que prevén la Ley 34/1998 de 7 de octubre; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre; el Reglamento de redes y conexiones de servicio de combustibles gaseosos, aprobado por la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974, y sus ITC-MIG; el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, que aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y bajo las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones objeto de esta autorización administrativa se harán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el proyecto técnico presentado por la empresa solicitante, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente, firmado en diciembre de 2011 por el Ingeniero Técnico Industrial, señor Jordi Polo y Campabadal, colegiado n.° 12.388.

La construcción y el funcionamiento de estas instalaciones se someten a lo que establecen la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial; el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustible gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio; el Decreto 120/1992, de 28 de abril, por el cual se regulan las características que han de cumplir las protecciones a instalar entre les redes de diferentes suministros públicos que discurren por el subsuelo; la Orden de 5 de julio de 1993, que lo despliega, los otros reglamentos técnicos específicos que le sean aplicables y disposiciones aplicables generales.

2. El peticionario ha de solicitar la autorización administrativa correspondiente para hacer cualquier modificación del proyecto aprobado.

3. El plazo para llevar a cabo las instalaciones y su puesta en servicio será de dos años, contados a partir de la fecha de otorgamiento de la presente autorización administrativa.

4. Los Servicios Territoriales podrán realizar, durante las obras y cuando se hayan acabado, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones de esta resolución. Con esta finalidad el peticionario comunicará a este órgano administrativo la fecha de inicio de las obras y su programación, las fechas de realización de las pruebas y cualquier incidencia relevante.

5. Una Vez ejecutadas las obras, la empresa peticionaria solicitará en el Departamento de Empresa y Empleo el acta de puesta en servicio de las instalaciones, adjuntando el certificado de dirección y de finalización de obra firmada por un Técnico competente junto con la declaración responsable del mismo, mediante el cual se acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y a la normativa aplicable. A este certificado se adjuntarán los planos de la red de distribución, con indicación concreta de las separaciones de edificaciones y profundidades, así como las válvulas de corte de la red y las actas de pruebas y controles reglamentarios, todo de acuerdo con lo que dispone la Resolución de la Dirección General d'Energía de 20 de agosto de 1992 (DOGC n.° 1.656, de 14.10.1992).

6. Los cruces especiales y otras afectaciones de bienes de dominio público se harán de acuerdo con las condiciones técnicas impuestas por los organismos competentes afectados.

7. El peticionario asegurará la vigilancia, el mantenimiento y la reparación correctos de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en funcionamiento, con el fin de garantizar que en todo momento cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad.

8. Esta autorización quedará sin efecto por cualquiera de las causas señaladas en el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por incumplimiento de las condiciones estipuladas, por el hecho de facilitar datos inexactos y por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

9. Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones, las licencias y otros permisos de competencia municipal, provincial o de otros que sean necesarios para la realización de las instalaciones autorizadas.

10. La entidad peticionaria Gas Natural Distribución SDG, S.A., tiene que constituir, en el plazo de dos meses a contar de la fecha de publicación de esta resolución en el DOGC, una fianza por un valor de 18.239,8 euros, correspondiendo al importe del 2% del presupuesto que figura en el proyecto técnico de las instalaciones presentado, con el fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo con el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Esta fianza se tiene que depositar en la Caja General de Depósitos de la Generalitat de Catalunya, a disposición de la directora de los Servicios Territoriales, en valores del Estado, aval bancario o en metálico, según lo que dispone el artículo 11.3 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, o mediante contrato de seguro concertado con entidades de seguros de las sometidas a la Ley 30/1995, de 11 de noviembre.

En el plazo de un mes desde la constitución de la fianza mencionada, Gas Natural Distribución SDG, S.A., tiene que acreditar documentalmente ante los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo en Les Terres de l'Ebre el depósito efectuado. La fianza se devolverá cuando, una vez autorizadas y construidas las instalaciones en los plazos fijados en las autorizaciones que se otorguen para su montaje, los Servicios Territoriales formalicen el acta de puesta en servicio de las instalaciones autorizadas.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada delante del director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo, en el plazo de un mes contado a partir de día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tortosa, 15 de octubre de 2012.- Mercè Miralles Guerrero, Directora de los Servicios Territoriales en Les Terres de L'Ebre.

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