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Documento BOE-B-2012-3767

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 6 de febrero de 2012, páginas 4968 a 4969 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-3767

TEXTO

Edicto

Doña Dolores Postigo Salguero, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hago saber:

Que en este juzgado y en los autos de referencia se ha dictado en el día de la fecha la resolución que es del tenor siguiente:

Sentencia n.º 267.

En Barcelona a cuatro de octubre de dos mil once.

Vistos por don Francisco Javier Fernández Álvarez, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil núm. 6 de esta ciudad, los presentes autos n.º 830-2010, de concurso voluntario de la entidad "Instalaciones y Proyectos Sintegra, S.L." representada por el Procurador de los tribunales don Sergio Rubio Carrera y asistido por el letrado Francisco Vera Vázquez.

Antecedentes de hecho

Primero.-Por la compañía Instalaciones y Proyectos Sintegra, S.L., se ha presentado en el presente procedimiento concursal, propuesta anticipada de convenio, del cual se ha conferido traslado a la administración concursal, que ha procedido a emitir el dictamen de evaluación previsto en el art. 107 de la Ley Concursal.

Posteriormente, constando que las adhesiones emitidas a favor de la misma alcanzaba la mayoría legalmente exigida, por decreto de fecha 1 de setiembre de 2011 se proclamó el resultado favorable a la aprobación. transcurrido el plazo contemplado en el art. 128 de la Ley Concursal para la aprobación del convenio, quedaron los autos en poder del proveyente para resolver.

Segundo.-En la tramitación de este procedimiento se han observado todas las prescripciones legales, excepto los plazos procesales por este Juzgado, dada la carga de trabajo que recae sobre el mismo.

Fundamentos jurídicos:

Primero.-En el marco del título V "de las fases del convenio o liquidación", capítulo primero, sección tercera" de la propuesta anticipada de convenio" comprendido en la Ley Concursal 22/03, una vez verificado que las adhesiones a la propuesta anticipada de convenio alcanzan la mayoría legalmente exigida, previene el artículo 109 del referido texto legal que el Juez en los cinco días siguientes al vencimiento del plazo de oposición a la aprobación judicial del convenio previsto en el artículo 128.1.º, dictará sentencia aprobatoria", salvo que se haya formulado oposición al convenio, o este sea rechazado de oficio por el juez.

En el procedimiento concursal de Instalaciones y Proyectos Sintegra, S.L., sustanciado, habiéndose constatado que no se ha formulado oposición y que no se aprecia infracción alguna sobre la forma y contenido de las adhesiones emitidas (artículo 131 de la L.C.), resulta procedente la aprobación de la propuesta de convenio formulada, que ha obtenido la mayoría exigida por la ley, con todos los efectos previstos en los artículos 131 a 136 de la Ley Concursal, incluido el cese de los administradores concursales.

La presente resolución pone fin a la fase común del concurso y, sin apertura de la fase de convenio.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo:

Que debía acordar y acordaba aprobar en todos sus extremos, la propuesta anticipada de convenio presentada por la concursada Instalaciones y Proyectos Sintegra, S.L., cuyo contenido obra en autos y se da por reproducido, cesando todos los efectos de la declaración de concurso, sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42 de la Ley Concursal se da por terminada la fase común del concurso.

Se acuerde el cese en su cargo los administradores concursales, a los cuales se requiere a fin de que rindan cuenta de su actuación dentro del plazo de veinte días contado a partir de la notificación de esta resolución. Hágaseles saber, así mismo que deberán emitir informe, en el plazo de cinco días, sobre la retribución que han de percibir, cuantificando su importe, que deberá ajustarse a los valores definitivos de la lista de acreedores e inventario de bienes.

Notifíquese esta resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, publíquese mediante anuncios que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Barcelona.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

y para que sirva de publicidad a los efectos acordados en al misma, libro el presente.

Barcelona, 20 de enero de 2012.- Secretaria.

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