Don Salvador Alborch Domínguez, Notario de Valencia, de su Ilustre Colegio.
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Valencia, calle Roger de Lauria, 28, 1, se tramita, a instancia de "Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima", venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Vivienda en Valencia, partida del Recatí o Mareny del Perelló, calle Timón, número 2, en primera planta alta, tipo B, puerta dos.
Inscripción: Registro de la Propiedad de Valencia once, tomo 1.488, libro 55, folio 127, finca 3.477, inscripción 1.ª
Se hace constar que, dado que la vivienda reseñada, es la vivienda habitual de los ejecutados, se estará a lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, en particular, en relación con lo dispuesto respecto al tipo, al valor de adjudicación, y a la existencia de una única subasta; y en lo que no fuere compatible, por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario.
Por tanto, las condiciones de la subasta son las siguientes:
Tendrá lugar en mi Notaría una única subasta, el 11 de diciembre de 2012, a las 11:00 horas, siendo el tipo base el tasado en la escritura de constitución de hipoteca, que es el de doscientos doce mil seiscientos cincuenta y seis euros y sesenta y cuatro céntimos (212.656,64 euros).
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute, si los hubiere continuarán subsistentes.
Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo de tasación, en la propia Notaría mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo en cuenta bancaria número 0030 3072 27 0106102271, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Valencia, 22 de octubre de 2012.- El Notario.
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