Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-3797

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 6 de febrero de 2012, páginas 4999 a 4999 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-3797

TEXTO

D/D.ª José Luis Gutierrez Martín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.° Sección I declaración Concurso 208/2011-D (NIG 36038 47 1 2011 0000298) se ha dictado a instancias de LAKE OIL, S.L., en fecha 19/01/2012 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor LAKE OIL, S.L., con CIF número B-36224160, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial de Ribadil, s/n, parcela número 6, A Cañiza (Pontevedra).

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección de correo designada por el administrador concursal. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarios o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia, en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

Administración concursal: Jaime Carrera Rafael.

Domicilio para comunicación de créditos: calle Alameda, n.º 14, entresuelo, oficina 2, 36001 Pontevedra.

Correo electrónico para comunicación de créditos: jaime@cabocibeira.com.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 19 de enero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid