Anuncio de subasta notarial.
Catalina Nadal Reus, Notario del Ilustre Colegio de las llles Balears, con residencia en Palma de Mallorca, hago saber:
Que en mi notaría, sita en la avenida Alejandro Rosselló, número 40, 6.°, de Palma de Mallorca, se tramita venta extrajudicial, conforme al articulo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada sita en la ciudad de Palma:
Descripcion: Número dieciocho de orden.-Vivienda de la planta baja puerta izquierda, entrando, de la casa 3.ª, con acceso por el zaguán número 21-B de la calle Joan Maragall, del término de Palma de Mallorca. Tiene una superficie útil de setenta y seis metros cuarenta y ocho decímetros cuadrados (76,48 m²). Consta de tres dormitorios, estar-comedor, cuarto de baño, cocina con despensa. Mirando desde la mencionada calle sus linderos son: Por frente, la citada calle; por la derecha, con vestíbulo y escalera de la casa; por la izquierda, con vivienda puerta derecha entrando de su misma planta de la casa 2.ª, y por fondo, con patio interior de manzana.
Se le asigna una cuota del uno coma cuarenta y ocho (1,48%).
Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca número tres, al folio 58, del tomo 6.087 del archivo, libro 29 de la sección IX de Palma, finca 4/1.424.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría. La misma esta sujeta a las previsiones del articulo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, al tratarse de la vivienda habitual de los deudores. Se realizara a través de una única subasta a efectuar el día 18 de diciembre de 2012, a las once horas, siendo el tipo de la misma la cantidad de ciento noventa mil euros (190.000,00 €).
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la subasta mediante cheque bancario a nombre de la Notario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Palma de Mallorca, 6 de noviembre de 2012.- Catalina Nadal Reus, Notario del Ilustre Colegio de Baleares, con residencia en Palma de Mallorca.
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