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Documento BOE-B-2012-38306

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 12 de noviembre de 2012, páginas 52065 a 52065 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-38306

TEXTO

Edicto.

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000068/2012, seguido a instancias del Procurador don Gerardo Pérez Almeida, en nombre y representación de "Doradas y Lubinas Canarias de Crianza, S.L.", se ha dictado auto el día 18 de octubre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

"Se declara el concurso de 'Doradas y Lubinas Canarias de Crianza, S.L.', con CIF número B35685080, y domicilio en calle Prolongada Bentejui, s/n, Castillo del Romeral, San Bartolomé de Tirajana; el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el 'Boletín Oficial del Estado', y tablón de anuncios del Juzgado.

Se designa como Administrador concursal al Abogado con número de colegiado 789, don Francisco Javier Mayor Cáceres, el cual ha designado como domicilio postal calle Carmen Llopis, número 7, 3.º, Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas; teléfono 928360618 y fax 928372462, así como dirección electrónica javiermayor@abogadosdeleonyval.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el 'Boletín Oficial del Estado' del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en forma en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Don Alberto López Villarubia, Magistrado-Juez.- Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial.- Firmados y rubricados."

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 26 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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