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Documento BOE-B-2012-38332

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 12 de noviembre de 2012, páginas 52091 a 52092 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-38332

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000081/2012, referente al concursado Hormigones Pamplona, S.A., por auto de fecha 29 de octubre de 2012 se ha acordado lo siguiente:

1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Hormigones Pamplona, S.A.

2. Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4. De conformidad con el art. 145.3 LC se declara la disolución de Hormigones Pamplona, S.A., así como el cese de sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

5. Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art. 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.

6. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en el Registro Mercantil correspondiente, la apertura de la fase de liquidación y la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C., librándose a tal efecto el oportuno mandamiento. Igualmente, caso de constar la titularidad por parte del deudor de cualesquiera bienes o derechos inscritos en registros públicos, procédase a anotar preventivamente en la hoja de cada uno de ellos la apertura de la fase de liquidación con todos los efectos del título III L.C. y la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.

7. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Los respectivos despachos se diligenciarán a través del Procurador de la concursada, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes y deberá acreditar ante este Juzgado en el término de tres días dicha remisión.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a su notificación, sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución impugnada.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar a la interposición del mismo haber constituido un depósito de 25 € en la cuenta depósitos y consignaciones de este órgano abierta en la entidad Banesto, a través de una imposición individualizada, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. El depósito deberá constituirse ingresando la citada cantidad en la cuenta de este expediente n.º 3188000000008112, indicando el tipo de recurso. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así por este Auto lo acuerdo, mando y firmo.

El/La Magistrado-Juez.

Pamplona/Iruña, 29 de octubre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

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