Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria del Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona dicto, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de archivo del concurso dictado por este Juzgado:
Número de asunto: Concurso voluntario 877/2008, Sección C2.
Entidad concursada: Katorce Engineering, Sociedad Anónima, con CIF número A60722758.
Fecha del auto de declaración: 24 de noviembre de 2008.
Fecha del auto de archivo: 3 de septiembre de 2012.
Cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Desestimando la oposición a la rendición de cuentas presentada por los administradores concursales de la mercantil Katorce Engineering, Sociedad Anónima, apruebo la misma y ordeno la conclusión del concurso acordando la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de la inscripción en los registros públicos correspondientes, ordenando a tal fin que una vez firme esta resolución se proceda a librar los correspondientes mandamientos cancelatorios. No hay condena en costas. Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación antes de veinte días desde su notificación. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Barcelona, 26 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.
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