Yo, Manuel Garcés Pérez, Notario del Ilustre Colegio Notarial del País Vasco, con residencia en Bilbao, calle Iparraguirre, n.º 26, 1.º dcha,
Hago saber: Que ante mí se tramita acta de subasta voluntaria del bien inmueble, propiedad de la compañía mercantil "Bripine, S.A., en liquidación", que se relaciona a continuación, que se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones y bases, que constan protocolizadas en acta por mí autorizada el día 7 de noviembre de 2012, número 3.210 de Protocolo:
Bases para subasta notarial de un inmueble en Portugalete:
a) Notaría designada para la celebración de la subasta: La de don Manuel Garcés Pérez, Notario del Ilustre Colegio del País Vasco, sita en Bilbao, calle Iparraguirre, n.º 26, 1.º dcha.
b) Para poder optar a participar en la subasta, será necesario identificarse de forma suficiente y constituir con anterioridad a la celebración de la misma, una fianza por importe de cien mil (100.000) euros, mediante cheque bancario a favor de "Bripine, S.A., en liquidación", que se entregará al Notario previamente, el mismo día de la celebración de la subasta.
c) La subasta se celebrará por el procedimiento de pujas a la llana con admisión de ofertas de viva voz el mismo día de la subasta a partir del tipo mínimo de licitación, que será de dos millones (2.000.000) de euros.
d) La subasta se celebrará a las 10:00 horas, del día 3 de diciembre de 2012.
e) Las posturas que se realicen a partir del precio mínimo ya cubierto de salida, serán por tramos de cinco mil euros (5.000 euros).
f) La escritura pública de compraventa se formalizará en la notaría de Bilbao que designe la parte vendedora, a los sesenta días naturales siguientes o antes si así lo desea la parte compradora.
g) El pago deberá realizarse necesariamente al contado, en el momento de la formalización de la escritura pública de compraventa, descontándose únicamente las cantidades entregadas a cuenta.
h) Si transcurridos los sesenta días fijados, no se formalizara la compraventa, se perderán por el mero transcurso de este plazo y sin necesidad de requerimiento previo, las cantidades entregadas a cuenta.
i) Para el caso de que quebrara la subasta se pondrá en conocimiento del resto de los postores, al objeto de que se ratifiquen en su intención de proceder a la compra de los inmuebles por orden de sus posturas. Si los segundos postores hubieren realizado iguales posturas, se procederá a efectuar subasta entre ellos, por tramos de mil euros (1.000 euros) aplicándose las mismas condiciones que las aquí establecidas.
j) El comprador deberá sufragar, además del precio ofrecido, la totalidad de los gastos ocasionados con motivo de esta subasta, tales como notarías, registros, publicaciones, impuestos y gastos; incluido el IBI si la escrituración se produce después del 1 de enero de 2013.
h) Por el mero hecho de participar en la subasta, se entenderá que todo licitador acepta como suficiente la titulación, las cargas, gravámenes y asientos existentes, así como el pliego de condiciones y bases reseñadas.
Bienes objeto de subasta:
Urbana: Parcela A, sita en el paraje de los Llanos, jurisdicción de Portugalete, que adopta una forma trapezoidal irregular, resultante del proyecto de compensación sector residencial SR-2 los Llanos de Portugalete.
Ocupa una superficie de novecientos veintitrés metros cincuenta y nueve decímetros cuadrados, que es el resultado de deducir a la superficie de la parcela tal como la configura el planeamiento, el área que ocupan los edificios n.º 1, n.º 3 y n.º 5 de la calle Miguel de Cervantes, esto es, quinientos quince metros cuarenta y un decímetros cuadrados.
Linda al norte, con calle Miguel de Cervantes, al sur con calle y plaza de nuevo trazado de la urbanización del sector, al este, con calle prolongación Miguel de Cervantes, y al oeste, con calle prolongación de la calle Zomillo. Como ya se ha indicado con anterioridad, el área que ocupan los edificios n.º 1, n.º 3, y n.º 5 de la Calle Miguel de Cervantes, ha sido deducida de la superficie total de la parcela de resultado A, tal y como la configura el planeamiento, debido a que los referidos edificios se encuentran en situación de conformidad transitoria, ocupando la superficie libre de edificación de dicha parcela. Este especial estatuto jurídico urbanístico, intermedio entre el fuera de ordenación y la conformidad, deja a la voluntad de los propietarios que en su momento ostenten derechos sobre los inmuebles, y que sean entonces titulares registrales, la materialización del aprovechamiento urbanístico que les corresponde y que se concreta sobre una participación en la parcela resultante B2, si bien deberán hacerlo de forma unánime, y previa la demolición de todos los edificios en esa situación, sustituyéndose su situación actual de conformidad transitoria por la participación indivisa en la finca de resultado B2 que prevé el planeamiento. Cuando se cumpla esta previsión del planeamiento, por decisión unánime de los que en ese momento sean titulares registrales, los solares sobre los que se asientan los edificios n.º 1, n.º 3 y n.º 5 de la calle Miguel de Cervantes y que son las fincas resultantes B2j, B2i y B2h, y que ocupan una superficie de quinientos quince metros cuarenta y un decímetros cuadrados, se agregarán a esta finca de resultado A, para configurar la finca que prevé el planeamiento y su aprovechamiento urbanístico se materializará en una participación en la finca de resultado B2, otorgando a sus titulares una participación indivisa del mismo, de la forma que ambas parcelas de resultado A y B2, se configuraran de conformidad a las determinaciones urbanísticas. La sustitución de los edificios en esta situación por la participación indivisa de la finca de resultado se realizará mediante escritura pública de permuta entre el Ayuntamiento de Portugalete en calidad de titular fiduciario del 17,07% de la Parcela B2, y los que en ese momento sean titulares registrales de los edificios. Tras las referidas operaciones, la parcela A se configurara quedado configurada de acuerdo a la configuración del planeamiento, quedando la siguiente descripción: Urbana: Parcela A, sita en el paraje de los Llanos, jurisdicción de Portugalete, que adopta una forma trapezoidal irregular, resultante del proyecto de compensación sector residencial SR-2 los Llanos, de Portugalete.
Ocupa una superficie mil cuatrocientos treinta y nueve metros cuadrados.
Linda: Al norte con calle Miguel de Cervantes, al sur, con calle y plaza de nuevo trazado de la urbanización del sector, al este, con calle prolongación Miguel de Cervantes, y al oeste, con calle prolongación de la calle Zomillo.
Sobre esta parcela se proyecta un edificio de treinta y cinco viviendas como máximo, con una ocupación en planta de 590 metros cuadrados que adopta la forma de una L y que se sitúa en el vértice sur de la parcela. Esta parcela tiene una edificabilidad real de 3.000 metros cuadrados techo, lo que supone una edificabilidad ponderada de 3.000 metros cuadrados techo ponderado o unidades de aprovechamiento, que deberán materializarse en un edificio que sea conforme a la ordenación propuesta en los planos de Ordenación del Plan Parcial SR-2 los Llanos y que se aportan como fichas al presente proyecto de compensación. El uso de la parcela es residencial.
Se forma por división material de la agrupación instrumental que constituye la totalidad de las fincas que forman la unidad de ejecución sector residencial SR-2 los Llanos de Portugalete, finca registral numero 28.549.
Inscripción: En el Registro de la Propiedad de Portugalete: Tomo 1245, libro 414 de Portugalete, folio 144, finca 28.565, inscripción 1.ª
Cargas: Situación urbanística transitoria. En los términos que constan en la descripción registral arriba transcrita. Aparte las urbanísticas se encuentra libre de cargas, de ocupantes y de arrendatarios.
Bilbao a 7 de noviembre de 2012.
Siguen las firmas de los liquidadores.
Bilbao, 8 de noviembre de 2012.- Manuel Garcés Pérez, Notario.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid