Contido non dispoñible en galego
Don Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:
Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes n.º 111 Edificio C, 12.ª planta.
Número de Asunto.- Concurso voluntario 488/2012 4.ª
Tipo de Concurso.- Voluntario
Entidad Instante del Concurso y Nif.- Publicorporate, SL con Cif B-60751740, Management Bcb Internacional SA, con Cif A-60751757, Body Plastica, SL, con Cif B-60980224, Integral Line Medica, SL, con Cif B-60918042, Integral Linebarcelona, SL, con Cif B-60730751.
Fecha del Auto de Declaración.- 02 de Octubre de 2012.
Administradores Concursales.- Se le da posesión a la persona jurídica a Pueo Meler Advocats, S.L. la cual designa a Merce Pueo Meler, con Nif 40.351.634-C, domiciliada en Ronda General Mitre, 125, 6.º, de Barcelona, como Abogada, con correo electrónico ac@pueomeler.com.
Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamientos a los Acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.
El plazo será de Un Mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 3 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.
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