Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 786/2011, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Saevar&Localium, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 786/11,sección c1
Entidad concursada: Saevar&Localium, S.L., con CIF B617548883 y domicilio en Sabadell, calle Salut, número 20.
Tipo de concurso: Voluntario
Fecha del Auto de declaración.-21 de diciembre de 2011.
Administrador concursal: Adolfo López Estebaranz, con correo electrónico adolfolopez@jllopezalvarez.com, domicilio sito en Gran Via Carles III, 84, 3.º, 08028 Barcelona ( Barcelona), y n.º de teléfono 91 532 0000.
Facultades del concursado: Intervenidas.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento de los acreedores y comunicación de créditos conforme el art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio.También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de la entidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte, y en su caso, los datos registrales.También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.
El plazo será de quince días a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autorice al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 20 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.
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