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Documento BOE-B-2012-40446

Anuncio del Notario de Badajoz, don Antonio Jesús García Guerrero, para subasta de venta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 24 de noviembre de 2012, páginas 54892 a 54893 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-40446

TEXTO

Antonio Jesús García Guerrero, Notario del Ilustre Colegio de Extremadura, con residencia en Badajoz,

Hago saber: Como consecuencia del acta de constancia de formalidades para venta extrajudicial de bien hipotecado seguido en esta Notaría, y realizados el requerimiento de pago y las notificaciones a que se refiere el artículo 236-f.1. del Reglamento Hipotecario, por medio de la presente se anuncia subasta pública notarial, comunicando lo siguiente:

1.º Finca que se subasta.

Urbana.- Número tres.- Vivienda segundo A, de la casa numero tres de la calle "H", integrante del Grupo denominado BA-11, "Santa Marina" en Badajoz.

En la escritura de préstamo se hizo constar que en dicha fecha se identificaba con el número trece de la calle República de Uruguay.

Se halla situada en la planta segunda del edificio, sin contar la baja y tiene su entrada por la escalera común. Tiene una superficie construida de noventa y un metros y cuarenta y un decímetros cuadrados.

Se compone de vestíbulo, estar-comedor, tres dormitorios, cocina y cuarto de baño.

Linda: al frente, por donde tiene su entrada, con meseta de escalera y zona ajardinada; derecha entrando, con caja de escalera y vivienda "B" de esta planta, de la que está separada por pared medianera; izquierda, con casa número quince de la calle H; y fondo, con zona de aparcamientos de la calle "H".

Cuota de participación: En los beneficios, cargas, suelo y demás elementos comunes, 12,50 por ciento.

Referencia catastral: 4849201PD7044H0003OK.

Inscripción: Finca número 14.801, folio 140, libro 768 de Badajoz, tomo 2.252, inscripción 4ª del Registro de la Propiedad número 1.

2.º Lugar de la celebración: Local de la Notaría a mi cargo, en calle del Obispo Juan de Ribera, n.º 15, 1.º D, 06002-Badajoz.

3.º Fecha de celebración: La subasta tendrá lugar a las doce horas del día 27 de diciembre de 2012 y se regirá por lo dispuesto en el art. 12 del Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible, por el art. 236 del R.H.

Para tomar parte en la subasta los postores, con excepción del acreedor, deberán consignar previamente en la notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del valor de tasación.

4.º Tipo de la subasta: El tipo que servirá de base se fija en el valor del precio tasado en la escritura de constitución de la hipoteca, o sea, 133.574,35 euros. No obstante, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por cien del valor por el que el bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura. Cuando la mejor postura presentada fuera inferior el 70 por cien del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo la cantidad superior el 70 por cien del valor de tasación o que, aún inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante. Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación. Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por cien del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos. Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación. Si el acreedor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el apartado anterior, se estará a lo previsto en el artículo 236.n del Reglamento Hipotecario.

5.º Documentación: La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236.a y 236.b del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la propia Notaría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación.

6.º Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, si las hubiere, continuarán subsistentes.

7.º Para el caso de que resultare infructuosa la notificación prevista en el artículo 236-d.1 del Reglamento Hipotecario a la persona a cuyo favor esté practicada la última inscripción de dominio sobre la finca objeto de la subasta y a los titulares de cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta, y, en su caso, al hipotecante no deudor, al fiador, al arrendatario de la finca hipotecada y a cualquier otra persona que se crea con interés legítimo a intervenir en el procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 236-d.2 del Reglamento Hipotecario, sirva el presente para notificarles:

Que pueden intervenir, si les conviene, en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y de los intereses y gastos en la parte asegurada con la hipoteca.

Del lugar, día y hora fijados para la celebración de aquélla.

Badajoz, 15 de noviembre de 2012.- Notario de Badajoz.

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