Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-40521

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 26 de noviembre de 2012, páginas 54988 a 54989 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-40521

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente,

Hago saber:

Que en fecha 5 de octubre de 2012 se ha dictado auto de apertura de fase de liquidación de la mercantil Unión Promotora Torrevieja, S.L., con C.I.F. número B-53910592, con domicilio en la calle Caballero de Rodas, 92, bajo, Torrevieja, que se tramita en este Juzgado con el número 619/08, así como providencia de fecha 25 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

1. Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

2. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

3. Se declara la disolución de la mercantil concursada Unión Promotora de Torrevieja, S.L., así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte.

4. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5. Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de quince días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización.

6. Procédase a la reapertura de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente, de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la administración.

7. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC).

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el B.O.E. de forma gratuita.

Procédase al llamamiento a José Manuel Espasa Moya como administrador concursal, en lugar de los tres designados, al considerarse como se expone en el auto de 5 de octubre de 2012 que se considera suficiente y lo más ajustado atendida la modificación legal por la Ley 38/2011.

Alicante, 29 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid