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Documento BOE-B-2012-40576

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 26 de noviembre de 2012, páginas 55047 a 55047 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-40576

TEXTO

Edicto.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Vistos por mí, don Rogelio Reyes Pérez, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de esta ciudad, los presentes autos n.º 147/11 de juicio declarativo ordinario figurando, como demandante, las mercantiles "Suabya Consultores, S.L." y "Arquitel Soluciones Arquitectónicas, S.L.", representadas por el Procurador de los Tribunales don Ignacio Romero Nieto, y asistidas por el Letrado don Alfonso Fernández Machuca, y, como demandados, don Juan Carlos Valls Ferrer de Couto, don Ángel Cornejo Muñoz, representados por el Procurador de los Tribunales don Rafael Quiroga Ruiz, y asistidos por el Letrado don Víctor J. Salvador Pascual, y don Luis Manuel Herbella Hernández, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la mercantil "Suabya Consultores, S.L.", y la entidad "Arquitel Soluciones Arquitectónicas, S.L.", representadas por el Procurador de los Tribunales don Ignacio Romero Nieto, contra don Juan Carlos Valls Ferrer de Couto, don Ángel Cornejo Muñoz y don Luis Manuel Herbella Hernández, este último en situación de rebeldía procesal, sobre acción de responsabilidad de administradores, debo condenar y condeno a los demandados a que solidariamente abonen a la entidad "Suabya Consultores, S.L." la cantidad de cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta euros con veintitrés céntimos (54.440,23 €) y a la entidad "Arquitel Soluciones Arquitectónicas, S.L." la cantidad de mil cincuenta y tres euros con treinta céntimos (1.053,30 €), con más los intereses legales devengados por dicha suma en la forma que se indica en el Fundamento Jurídico Quinto de esta resolución y, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá ser interpuesto ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente, siendo necesaria la constitución de un depósito para recurrir la presente resolución, que deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, según lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", se expide el presente.

Sevilla, 14 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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