El Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 1056/2009, referente al concursado Artes Gráficas Ragar, S.A., por auto de fecha 23/01/2012 se ha acordado lo siguiente:
Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
Segundo.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Tercero.- Acordar el cese de la empresa Artes Gráficas Ragar, S.A.
Cuarto.- Se ha acordado el cese de los liquidadores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la administración concursal.
Quinto.- se abre la sección sexta de calificación. Dentro de los cinco días siguientes a la última publicación que conforme a lo establecido en la LC se hubiere dado a la apertura de la liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección sexta de calificación, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 23 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.
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