Edicto.
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Alicante, por el presente,
Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Ordinario 26/2009-K sobre declaración de concurso de la mercantil Promociones Garsan 2007 Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal número B-02432060, se ha dictado sentencia de fecha veinticuatro de enero de dos mil doce, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"...1.- Calificar como culpable el concurso de Promociones Garsan 2007 Sociedad Limitada.
2.- Determinar como personas afectadas por esta calificación la los administradores societarios, administrador Don Santiago Sánchez Rodríguez y Don Rodolfo García Negro.
3 - Determinar como cómplices a Construcciones Mito 2008 Sociedad Limitada, y a Don Miguel Tome López.
4.- Inhabilitar a los administradores Don Santiago Sánchez Rodríguez y Don Rodolfo García Negro durante cinco años para administrar bienes ajenos, representar o administrar a cualquier persona, ejercer el comercio o tener cargo o intervención administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales.
5.- Condenar al administrador Don Santiago Sánchez Rodríguez y Don Rodolfo García Negro a la pérdida de cualquier derecho que pudiera tener sobre el concurso y a responder con su patrimonio de la totalidad de las deudas no satisfechas en el concurso.
6 - Condenar a los administradores Don Santiago Sánchez Rodríguez y Don Rodolfo García Negro de forma solidaria a pagar la suma de 152.688,15 euros
7.- Condenar a Construcciones Mito 2008 Sociedad Limitada, y a Don Miguel Tome López, a la perdida de cualquier derecho que tuviera como acreedora
8. - Condenar a Miguel Tome López, a indemnizar los daños y perjuicios causados a la masa activa de la concursada en la suma de 85.188,15 euros de forma solidaria con los administradores de derecho.
Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante (artículo 458 Ley Enjuiciamiento Civil). El recurso se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de aquella..."
Alicante, 24 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid