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D. Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Oviedo, anuncia:
Que en el Sección I Declaración Concurso 232/2011, referente al concursado Televisión Local Oviedo S.L.U., por auto de fecha 9 de noviembre de 2012, se ha dictado auto, que es firme y cuya parte dispositiva dice:
Declarar la conclusión del concurso 232/2011, en el que figuraba como concursada Televisión Local Oviedo S.L. CIF B33433400 al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Contra este auto no cabrá recurso alguno. Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial del Estado.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.
Oviedo, 20 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
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