Olvi Pineño Herreros, Jefa del Servicio de Gestión Tributaria del Consell Comarcal de la Selva, de acuerdo con las funciones que han sido delegadas por diferentes ayuntamientos y otras entidades,
Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio núm. 82380, que se instruye en el Servicio de Gestión Tributaria contra el deudor Guillem de Palleja Ferrer-Cajigal, por deudas al Ayuntamiento de Sant Hilari Sacalm, la Tesorera del Consell Comarcal de la Selva ha dictado en fecha 26 de octubre de 2012, la providencia de subasta siguiente:
"De acuerdo con lo que dispuesto en el artículo 101 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, que aprueba el Reglamento General de Recaudación (RGR) y una vez autorizada la enajenación de los bienes inmuebles embargados al deudor Guillem de Palleja Ferrer-Cajigal, se procederá a la celebración de la subasta el día 24 de enero del 2013, a las diez horas, en la Sala de Actos del Consell Comarcal de la Selva, y se observarán en su trámite y realización lo que prescriben los artículos 101, 102, 103 y 104 del mencionado Reglamento General de Recaudación, y se señalará que el tipo de subasta de los bienes para enajenar será de 1.740.961,99 euros el lote único.
Deberá notificarse esta providencia al deudor y a otras personas interesadas y anunciarse al público mediante edictos en el Boletín Oficial de la Provincia y en cualquier otro lugar reglamentario."
En cumplimiento de la mencionada providencia se publica este edicto con la convocatoria de los licitadores y la advertencia a todos aquellos que quieran tomar parte en la subasta, de lo siguiente:
1. Los bienes embargados para enajenar son los que al final se detallarán. Los títulos disponibles podrán examinarse por aquellos que estén interesados, hasta el día anterior a la subasta, en este Servicio de Gestión Tributaria situado en el paseo de San Salvador, 19 de Santa Coloma de Farners, en horario de nueve a catorce horas y de lunes a viernes.
2. Antes de la celebración de la subasta, los licitadores tendrán que formalizar un depósito por el importe del 20% del tipos de subasta mediante un cheque nominativo conformado a favor del Consell Comarcal de la Selva por el importe del depósito, con la advertencia que el mencionado depósito se aplicará a la cancelación de la deuda objeto del procedimiento si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en las cuales incurrirán por los perjuicios más grandes que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.
3. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes, si se hace el pago de la deuda, intereses y gastos del procedimiento.
4. El mejor postor tendrá que entregar en el acto de la adjudicación o dentro de los quince días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. No obstante, en caso de que el tipo de subasta sea superior a 30.000 euros y el adjudicatario solicite expresamente en el acto de la adjudicación del bien subastado que se otorgue escritura pública de venta del bien inmueble, podrá obtener autorización para efectuar el pago del remate el mismo día en el que se otorgue la escritura, siempre y cuando el adjudicatario comunique de manera expresa que desea acogerse a esta forma de pago en el acto de la adjudicación. En este caso, la Mesa podrá condicionar esta autorización a la constitución de un depósito adicional.
5. En el caso del impago del precio del remate por parte del adjudicatario, la Mesa podrá optar entre acordar la adjudicación al licitador que hubiera efectuado la segunda oferta más elevada, siempre que no sea inferior en más de dos tramos a la que ha resultado impagada, o iniciar la adjudicación directa. Si la oferta es inferior en más de dos tramos, se iniciará la adjudicación directa.
6. Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas (que tendrán carácter de máximas) en un sobre cerrado y dirigido a la Presidenta de la Mesa de la subasta hasta una hora antes del inicio de la misma, sin perjuicio de su participación personal. Las mencionadas ofertas se presentarán en el Registro general de este Servicio de Gestión Tributaria del Consell Comarcal de la Selva, y se tendrá que añadir un cheque conformado, válido como mínimo hasta diez días después de la celebración de la subasta. Este cheque se extenderá a favor del Consell Comarcal de la Selva y por el importe del depósito.
7. En el supuesto de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, empezará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta y será adjudicataria la postura más alta por tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas.
8. Se procederá a la devolución de los depósitos a los licitadores no adjudicatarios en el acto de la subasta.
9. La Mesa de subasta podrá, cuando lo considere oportuno y con la deliberación previa, acordar la realización de una segunda licitación, una vez finalizada la primera, de los bienes que no hayan sido adjudicados.
10. Que el Ayuntamiento de Sant Hilari Sacalm se reserva el derecho de pedir la adjudicación del inmueble que no haya sido objeto de remate de la subasta, para la solvencia de su crédito y dentro de los límites establecidos en los artículos 108 y 109 del Reglamento General de Recaudación.
11. Los tramos a los cuales tendrán que ajustarse las posturas serán de 450,00 euros. En caso de que hubiera más de un licitador en el último tramo aceptado, por la adjudicación del bien subastado, se estará al orden de la presentación de los depósitos.
12. Los licitadores tendrán que conformarse con los títulos de propiedad que se hallen en el expediente, y no tendrán derecho a exigir otros, los cuales podrán examinarse, en este Servicio de Gestión Tributaria, hasta el día anterior al de la celebración de la subasta.
13. Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes a la anotación preventiva del embargo, quedaran subsistentes, sin aplicarse a su extinción el precio del remate.
14. Los bienes no enajenados en subasta podrán adjudicarse mediante la venta por gestión directa, de acuerdo con el proceso establecido en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación y 56.10 de la Ordenanza general de gestión y recaudación del Consell Comarcal de la Selva.
15. Una vez el adjudicatario halla efectuado el pago del precio del remate, y en el supuesto que no halla optado por que se otorgue escritura pública de venta, se emitirá certificación del acta de la adjudicación de los bienes, la cual constituye documento público de venta a todos los efectos, y contendrá todo lo que previene el artículo 104.6.d) del RGR. Asimismo se expedirá un mandamiento de cancelación de cargas posteriores.
16. Le corresponderá al adjudicatario el abono de todos los gastos del proceso de apremio a que se refieren los artículos 113 y siguientes del Reglamento General de Recaudación, que se hallan meritado por la aplicación de los aranceles vigentes del Registro de la Propiedad así como todos los impuestos que procedan por la anotación de los embargos y su posterior cancelación. El mandamiento de cancelación de cargas expresamente señalará la obligación del presentador o de su representante de abonar estos gastos de forma directa.
17. En los casos en que el bien embargado se encuentre incluido en un régimen de propiedad horizontal el adjudicatario exonera al Servicio de Gestión Tributaria del Consell Comarcal de la Selva de aportar el certificado de la Comunidad de Propietarios conforme no hay deudas pendientes. Asimismo en los casos en que el bien embargado sea una parcela de una urbanización el adjudicatario exonera al Servicio de Gestión Tributaria del Consell Comarcal de la Selva de aportar certificado conforme no hay deudas pendientes con relación a cuotas de la Entidad Urbanística.
Advertencias: En el caso de deudores con domicilio desconocido, la notificación de la subasta se entenderá efectuada, a todos los efectos legales, en el plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de este edicto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT). Se advierte, en este caso, que contra la indicada providencia se podrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en los términos que establece el articulo 172.1 de la mencionada LGT y dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, en el Consell Comarcal, de acuerdo con lo que dispone el artículo 14.4 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, con la advertencia que el proceso de apremio, aunque se interponga recurso, sólo se suspenderá si forma parte de los casos y condiciones previstos en los artículos 165 y 224 de la LGT.
En todo lo que no se haya previsto en este edicto se seguirán les disposiciones legales que regulen el acto y otorguen algún derecho a favor de terceros.
DESCRIPCIÓN Y TIPO DE SUBASTA DE LOS BIENES EMBARGADOS PARA ENAJENAR
"Rústica. Extensión de tierra que es parte del Manso Saleta radicada en término de Carós, distrito municipal de Sant Hilari Sacalm, compuesta de distintos cultivos como campo, bosque, viña y huerta, de cabida cuarenta y tres hectáreas, treinta y cinco áreas, cuarenta y siete centiáreas, cincuenta y cinco decímetros, en la que se hallan situadas las casas llamadas Marquita, señalada con el número catorce, Casanova con el doce, Casavella con el once y el Molino, con el trece. Linda: al Este, con Manuel Benet Soler y Subirá, al Sur con la riera gran, o sea, de Monsolis, parte con Jose Saleta y Ventos y parte con tierras del Manso Busquets de Munt, mediante un torrente y con el referido Manuel Benet Soler y Subirá; y al Norte, con tierras del dicho Manso Busquets de Vall, con el mencionado Manuel Benet Soler y Subirá."
Inscrita al Tomo 2976, Libro 128 de Sant Hilari Sacalm, Folio 168 Finca 577.
"Rústica. Extensión de terreno en la que hay una casa llamada Ribés, señalada de número dieciocho, sita en término de Santa Margarida de Vallors, distrito municipal de Sant Hilari Sacalm, de cabida ocho hectáreas, cincuenta y nueve áreas, ocho centiáreas, cuarenta y tres decímetros, ochenta y nueve centímetros. Linda: al Este, con José Calvaria o sea, con el Manso Albó; al Sur, con Benet Soler y Subirá y parte con tierras del referido Manso Albó; y al Norte, con José Calvaria y parte con Manuel Benet Soler y Subirá."
Inscrita al Tomo 2976, Libro 129 de Sant Hilari Sacalm, Folio 165, Finca 73/G.
"Rústica. Manso llamado Saleta señalado con el número cuarenta y nueve, compuesto de los Mansos Saleta de Munt y Saleta de Vall, Quinta Casa Nova, Casa vella y de un molino harinero que hoy no existe, con las aguas que le dan curso, inclusas las dos casitas llamadas la una Pistola señalada con el número tres y la otra llamada Gamboda, hoy en estado ruinoso, que lo es con el número treinta y seis, con todas sus tierras de distintos cultivos como campo, viña, bosque y huerta, sito en término de Sant Hilari Sacalm y en las Parroquias de Sta. Margarida de Vallors y Sta. Maria de Montsolís del término de Sant Martín de Carós, distritos municipales de las mismas poblaciones y partido judicial de esta Villa, siendo la total cabida después de unas segregaciones doscientas cincuenta y cinco hectáreas, cuarenta y una áreas, treinta y tres centiáreas, sesenta y nueve decímetros cuadrados. Lindaba antes de las tres últimas segregaciones: al Este, con pertenencias de los herederos del Manso Serras, mediante un torrente, parte con la viuda de Martorell, parte con el Manso Sastrejuliá, con los sucesores de Rita Costa y Marques, Vicente Comas, sucesores de José Costa, con los de Ramona Parés, con Juan Ponsriera de Villacorsa y con Maria Buixalleu, continuando dicha Riera arriba; al Sur, con José Saleta, con José Ferrer Vidal y Soler, con honores del Manso Sastrejuliá, hoy N. Serra, Vicente Micalet, Hiralio Cuberta, Juan Sala, José Baquer, Rita Costa, Teresa Tosell, Ramon Rosich, Manuel Casals, Isidro Busquets, Jaime Durán, alias Pericó, y con Maria Buixaller; al Oeste, con los herederos del Manso Jover, José Saleta Ventós, Salvador Busquets, Rita Costa de Casabosca, José Costa, José Codina e Isidro Busquets; al Norte, con José Saleta Ventós, con la Riera Gran o de Montsolís, con José Ferrer Vidal, Salvador Busquets, Vicente Comas, José Costa, con los herederos del Manso Jover y con Maria Buixalleu."
Inscrita al Tomo 2661, Libro 113 de Sant Hilari Sacalm, Folio 190, Finca 72/G.
Referencias catastrales: 17174A009000070000FF, 02500100DG53H0001DB, 002500200DG53H0001XB, 002500300DG53H0001IB.
No consta la existencia de inquilinos en la finca.
Valoración de la finca |
2.086.450,00 |
Cargas anteriores y preferentes |
345.488,01 |
Tipo de subasta |
1.740.961,99 |
Santa Coloma de Farners, 27 de noviembre de 2012.- La Jefa del Servicio.
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