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Documento BOE-B-2012-42876

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 13 de diciembre de 2012, páginas 58216 a 58216 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-42876

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago Saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 736/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Inversions Byrpvic 795, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.- Concurso voluntario 736/2012 Sección C1.

Entidad Concursada.- Inversions Byrpvic 795, S.L., con CIF n.º B64082720 y domicilio sito en C. Gallissà, 21, entlo, 1.ª, 08500 Vic (Barcelona).

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Fecha del Auto de Declaración.- 30 de octubre de 2012.

Administrador/es Concursal/es.- La sociedad Spasa Auditoria S.L.P. y en su nombre y representación don Roberto Pons Caballero, con correo electrónico spasa@spasa-bcn.com, domicilio sito en Vía Augusta 94 de Barcelona (Barcelona), y n.º de teléfono 934152202.

Facultades del Concursado.- Intervenida.

Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento de los Acreedores y Comunicación de Créditos conforme al Art.85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar a contar desde la última de las publicaciones.

Exámen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 15 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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