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Alejandro Peña Fernández, Notario del Ilustre Colegio de Castilla La Mancha, con residencia en Illescas, Distrito Notarial de Toledo, hago saber:
Que en mi Notaría, sita en Illescas (Toledo), calle Arboledas, número 20, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada, que no constituye vivienda habitual del deudor:
Urbana. Número veinte. Vivienda duplex, terminada, señalada con la letra C, situada en la planta segunda y bajo cubierta del edificio sito en Illescas (Toledo), en la Plaza del Gato, con vuelta a la calle del Tesoro, sin número.
Tiene una superficie útil de cuarenta y un metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados en planta segunda y cuarenta y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados en planta bajo cubierta. Consta de salón-comedor, cocina, escalera, vestíbulo, baño y pasillo en planta segunda, y pasillo, tres dormitorios, dos baños y zapateros en planta bajo cubierta.
Cuota: once enteros con setenta y cinco centésimas por ciento.
Registro. Inscrita la hipoteca en el Registro de la Propiedad número uno de Illescas, al tomo 2209, libro 341, folio 52, finca registral número 22.591, inscripción 2.ª.
Procediendo la subasta de la finca, se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría. La 1.ª subasta el día 14 de enero de 2013, a las 12 horas, siendo el tipo base el pactado en la escritura de (283.507,25 €) doscientos ochenta y tres mil quinientos siete euros con veinticinco céntimos; de no haber postor o si resultare fallida, la 2ª subasta, el día 8 de febrero de 2013, a las 12 horas, cuyo tipo será el 75% de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta el día 8 de marzo de 2013, a las 12 horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día 18 de marzo de 2013, a las 9 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de nueve a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría (o donde se designe al efecto), una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda a la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20% del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario (o mediante justificación del ingreso en el establecimiento designado al efecto). Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Illescas, 3 de diciembre de 2012.- El Notario, Alejandro Peña Fernández.
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