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Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración de Concurso número 0000292 /2012 y NIG nº13034 41 1 2012/0004307, se ha dictado el 7 de Diciembre auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor "INSTALACIONES TÉCNICAS CABAÑERO, S.L.,", con CIF. B13179478, y domicilio en Polígono Industrial SEPES Parcela 305 de Puertollano.
2.º Se ha acordado que respecto de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor queden intervenidas, quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal al Letrado D. Juan Manuel García López, con domicilio postal en Avenida del Rey Santo n.º 3-D 5.ª Planta de Ciudad Real y dirección electrónica señalada concursoitcabanero@indoiuris.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.
Estos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC).
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).
Ciudad Real, 11 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.
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