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Documento BOE-B-2012-43504

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 17 de diciembre de 2012, páginas 58972 a 58972 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-43504

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 462/2012 se ha dictado en fecha 28 de noviembre de 2012 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Electricidad Coutado, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-36.966.265, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Urbanización Finca Solita, Residencial 2, calle Freixeiro, sin número, ático R (Código Postal 36212), Vigo.

Segundo.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

Tercero.-La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

Cuarto.-El Administrador concursal designado es la economista Montserrat Pérez López, con documento nacional de identidad 17.770.552-S, con domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional sito en la calle Velázquez Moreno, número 2-7.º A, Código Postal 36201, de Vigo; y con teléfono número 986.223.331, fax número 986.223.331 y correo electrónico montse@atpasesores.com

Quinto.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

Sexto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 28 de noviembre de 2012.- La Secretaria judicial.

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