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Documento BOE-B-2012-43516

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 17 de diciembre de 2012, páginas 58986 a 58987 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2012-43516

TEXTO

Edicto.

La Secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de Sevilla,

Hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento número 306/10, sobre Ejecución de títulos judiciales n.º 184/12, a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra Selymsur Servicios Integrales, S.L., en la que con fecha tres de diciembre de dos mil doce se ha dictado Decreto que sustancialmente dice lo siguiente:

Decreto

Secretaria judicial doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a tres de diciembre de dos mil doce.

Antecedentes de hecho.

Primero.-Fundación Laboral de la Construcción ha presentado demanda de ejecución frente a Selymsur Servicios Integrales, S.L.

Segundo.-Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 10 de septiembre de 2012 por un total de 537,49 € en concepto de principal mas la de 108 € presupuestados para intereses y costas.

Tercero.-No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

Fundamentos de derecho.

Único.-Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, la Secretaria judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva

Acuerdo:

Declarar al/a los ejecutado/s Selymsur Servicios Integrales, S.L., en situación de insolvencia total L por importe de 537,49 € de principal más la de 108 € presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Archívese el presente procedimiento y ése de baja en los libros correspondientes

Notifíquese la presente resolución

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n.º de cuenta de este Juzgado n.º 40240000 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

La Secretaria judicial.

Y para que sirva de notificación en forma a Selymsur Servicios Integrales, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Sevilla, 3 de diciembre de 2012.- Secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de Sevilla.

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