Contido non dispoñible en galego
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número Uno de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero. Que en el procedimiento número 502/2008-D, se ha dictado en fecha 27/11/12 auto de conclusión, cuya parte dispositiva dice literalmente:
"Parte Dispositiva
1. Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de VIGOFIN, S.L., con CIF B-36943066 con domicilio en calle Fragoso n.º 4 7º-E-F, Vigo, con los efectos legales inherentes.
2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3. Se aprueban la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4. Se acuerda la extinción de la sociedad VIGOFIN, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
6. Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de Impugnación. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).
Así lo manda y firma S.S.; de lo que doy fe.
El/La Juez /Magistrado-Juez, El/La Secretario,"
Y para que sirva de conocimiento general se publica la presente.
Pontevedra, 27 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
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