Contido non dispoñible en galego
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 600/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Oser 24 H., S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de Asunto.- Concurso voluntario 600/2012 Sección C1
Entidad Concursada.- Oser 24 H S.L., con CIF n.° B65156903 y domicilio sito en C/ Valencia, 282, 1.º 08007 Barcelona.
Tipo de concurso.- Voluntario.
Fecha del auto de declaración.- 24 de octubre de 2012.
Administrador/es Concursales.- Doña Mercedes Esquerrá Andreu, con correo electrónico mercedes.esquerra@gmail.com, domicilio sito en C/ San Elías, 11-19, despacho 38 08006 Barcelona (Barcelona), y n.° de teléfono 932003452.
Facultades del concursado.- Intervenidas.
Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Admnistración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Adminsitración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Dado en Barcelona a, 5 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
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